#31 ¿Qué coberturas contratar en mi seguro de vida?

¿Qué coberturas contratar en mi seguro de vida?

PARTE I: EL FALLECIMIENTO.

 

El fallecimiento es la cobertura principal y básica en todo seguro de vida. Sin esta garantía el seguro de vida no podría contratarse pues es el objeto del contrato.

La Entidad Aseguradora garantiza el pago del capital asegurado a los

Beneficiaros designados en caso de fallecimiento del

Asegurado cualquiera que sea la causa.

 

Esta es la definición que aparece en nuestras pólizas de nuestro producto Seguro de Vida Protect. Explicación simple y comprensible. Nosotros, BNA Gestión – AXA SEGUROS, pagará a los beneficiarios indicados el capital asegurado, o a los legalmente establecidos si no se especifican en la póliza, cualquiera que sea la causa del fallecimiento (accidente, enfermedad, etc.).

 

¿A PARTIR DE QUE EDAD PUEDO CONTRATAR UN SEGURO DE VIDA?

Como para casi todos los seguros la edad de entrada a un seguro de vida se establece en los 18 años.

 

“YO YA SOY BASTANTE MAYOR, NO CREO QUE PUEDA CONTRATAR UN SEGURO DE VIDA”.

En BNA Gestion – AXA SEGUROS apostamos por dar las mayores facilidades a nuestros clientes para la protección de su bien más preciado, su vida, y la protección del futuro de sus seres queridos.

Por este motivo hemos ampliado el límite de edad para la contratación de un seguro de vida en su cobertura fundamental, el fallecimiento.

De esta forma hemos fijado en 75 años este límite siendo uno de los más amplios del mercado asegurador español.

 

¿HASTA QUE EDAD PUEDO ESTAR ASEGURADO?

En este límite también somos muy generosos ya que para la la cobertura de fallecimiento hemos fijado el límite en los 80 años (casi ninguna aseguradora llega hasta esta edad).

Un margen más que suficiente en la actualidad y que se va actualizando según los parámetros de la esperanza de vida de la población.

Además, el seguro se renueva automáticamente en cada aniversario del contrato, hasta la anualidad en que el Asegurado cumpla los 80 años indicados anteriormente, sin necesidad de comprobaciones médicas.

 

 

¿QUE REQUISITOS SON NECESARIOS PARA CONTRATAR UN SEGURO DE VIDA?

La clave a la hora de contratar un seguro de vida es tener un buen estado de salud. Es decir, un seguro de vida se contrata para prevenir posibles enfermedades futuras o accidentes imprevistos que puedan surgir en nuestro trabajo, en nuestro ocio, en nuestro día a día…

Lo que no podemos pretender es intentar contratar un seguro de vida cuando ya conocemos que tenemos una preexistencia que puede afectar a nuestro estado de salud. Como dice el refrán “se pilla antes a un mentiroso que a un cojo” y lógicamente las aseguradoras se aseguraran (nunca mejor dicho) de que la prestación generada por el fallecimiento del asegurado es correcta y cumple todos los requisitos de aceptación.

Por lo que aunque tengáis una póliza de seguro de vida en vigor, si no se contrató de forma correcta y con la verdad por delante, de nada os servirá y habréis malgastado el pago de las primas.

Dicho todo esto, la contratación es sencillísima ya que tan solo haría falta aportar el D.N.I. en vigor y rellenar una solicitud de contrato en la cual tan solo habrá que responder una pregunta relativa al estado de salud (pregunta única para asegurados de menos de 55 años y hasta 150.000 euros de capital asegurado, que suponen más del 80% de las pólizas contratadas en España).

 

CONSEJO ADICIONAL FINAL: ¿Sabías que la prestación que recibas por un seguro de vida se puede transformar en una renta vitalicia o temporal?

De esta forma no percibirías todo el capital de una sola vez si no que recibirías el dinero mes a mes como si fuera “un sueldo” o un complemento mensual a tu economía, a la economía de tu familia.

 

 

En próximas entradas analizaremos el resto de coberturas para que podamos elegir bien, y con conocimiento, nuestro seguro de vida.

Mientras tanto os dejo la posibilidad de solicitar vuestro presupuesto de seguro de vida, sin compromiso.

 

CUANDO NADA ES SEGURO, TODO ES POSIBLE.